InicioNewsletterOrdenan el cese «inmediato» de las reclamaciones de los bancos a afectados...

Ordenan el cese «inmediato» de las reclamaciones de los bancos a afectados de iDental

El juez De la Mata adoptó dicha medida el pasado 5 de diciembre con el fin de garantizar una protección eficaz de los derechos del consumidor. Ahora lo ha vuelto a recordar en un nuevo auto.

El juez de la Audiencia Nacional, José de la Mata, ha dictado un auto en el que reitera la vigencia de la medida cautelar de suspensión de las reclamaciones judiciales o extrajudiciales de las entidades financieras por los créditos suscritos por los perjudicados de iDental para los tratamientos odontológicos y ordena que cesen «de inmediato» en dicha actuación aquellas entidades que los hubieran reanudado, una medida que hace extensiva especialmente a aquellas otras mercantiles que hayan comprado la titularidad de aquellos contratos de crédito y estén exigiendo el pago.

En un auto, De la Mata recuerda que el pasado 5 de diciembre acordó como medida cautelar la suspensión de todas las reclamaciones judiciales que se hubieran formulado para un total de diez entidades financieras por los contratos de crédito vinculados a los tratamientos odontológicos firmados con las clínicas del Grupo iDental.

El magistrado explica que han recibido escritos poniendo de manifiesto la existencia de entidades financieras que están realizando reclamaciones con sustento en aquellos contratos de crédito. También se indica la existencia de entidades que podrían haber comprado paquetes de esos créditos a las prestamistas originarias y que están exigiendo el pago a los perjudicados.

En estas circunstancias, afirma el juez, procede reiterar nuevamente la medida cautelar en la que se acordaba la suspensión de las reclamaciones de los créditos a los perjudicados de iDental vinculados a los tratamientos odontológicos, sin perjuicio de las soluciones extraprocesales que se hayan celebrado de forma particular o colectiva por las asociaciones de consumidores o perjudicados.

artículos relacionados

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí
Captcha verification failed!
La puntuación de usuario de captcha falló. ¡por favor contáctenos!