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Siete nuevas sentencias condenatorias por intrusismo profesional en el sector odontológico español

En Las Palmas de Gran Canaria, Tenerife, Jerez, Madrid y Cantabria

El Consejo General de Dentistas recuerda que realizar labores propias de un dentista o higienista dental sin estar facultado para ello pone en serio riesgo la salud de los pacientes, reclamando que las penas sean «verdaderamente disuasorias».

El Consejo General de Dentistas de España ha tenido conocimiento de un total de siete sentencias condenatorias por delitos de intrusismo profesional en el sector odontológico en nuestro país, que ponen, según el organismo colegial, en serio peligro la salud de los pacientes y, por lo tanto, deberían estar castigados con penas más graves.

En el caso de Las Palmas de Gran Canaria, y en un plazo de tres semanas, han sido condenados dos «falsos dentistas» por delitos de intrusismo y estafa. Una de la sentencias se ha dictado contra el propietario de una clínica dental que ejercía de dentista careciendo de la titulación específica para ello, y la otra contra un protésico dental reincidente. El primero de ellos, condenado por un delito de estafa, deberá hacer frente a una pena de seis meses de multa, a razón de 10 euros diarios (1.800 euros), mientras que el protésico dental ha sido sentenciado a una pena de dos meses de multa con una cuota diaria de 10 euros (600 euros) tras la denuncia del Colegio de Dentistas de Las Palmas.

Por su parte, en Santa Cruz de Tenerife, el Colegio de Dentistas de la provincia ha logrado una sentencia favorable por intrusismo contra una protésico dental, condenado a una multa de 1.440 euros, ya que realizaba labores propias de la profesión de dentista.

En Jerez de la Frontera también han sido recientemente condenados dos protésicos dentales por intrusismo profesional. Según informa el Colegio de Dentistas de Cádiz, deberán hacer frente a una multa de 1.800 euros. La sentencia especifica que «los acusados sin tener título que les habilitase para ello han examinado la boca de pacientes» y además «han tomado medidas para las prótesis dentales aplicando moldes en la boca de los pacientes y colocado personalmente tales prótesis una vez elaboradas, actos todos ellos para los que no están capacitados».

En Cantabria, la Audiencia Provincial ha condenado a un protésico dental que ejerció labores de higienista a una multa de 1.200 euros, después de considerar probado, gracias a la investigación y posterior denuncia del Colegio de Dentistas de la Comunidad Autónoma, que carecía del título requerido para desarrollar las funciones por las que se le acusaba.

Por último, en Madrid, el Tribunal Supremo ha condenado por intrusismo a una administrativa que había estado realizando limpiezas bucales y otra serie de trabajos propios de la profesión de higienista dental sin estar facultada para ello. La pena en este caso asciende a seis meses de multa.

Ante estos graves hechos, el Consejo General de Dentistas de España insiste en la necesidad de endurecer las penas contempladas en el Código Penal para delitos de intrusismo, para conseguir su efecto disuasorio y así evitar que los ciudadanos caigan en manos de «falsos profesionales», que no cuentan con la titulación requerida para ejercer, y que pueden ocasionarles graves problemas de salud.

Al mismo tiempo, la Organización Colegial recuerda a todos los ciudadanos la obligatoriedad de la colegiación para la práctica odontológica en España, que puede comprobarse consultando en el Colegio Oficial de Dentistas de cada demarcación.

Investigación del COEM

Condenados dos protésicos dentales por intrusismo

Dos protésicos dentales han sido condenados por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Talavera de la Reina, tras una investigación desarrollada por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región (COEM) por un delito de intrusismo, al realizar actos propios y reservados a la profesión de dentista.

En su laboratorio, uno de los protésicos, bajo la dirección del otro, desarrolló una actividad para la que no ostentaba titulación académica, tomando medidas en la boca de la paciente para la posterior realización de una férula de descarga. Una vez realizado el aparato, se lo probaron para su adaptación las veces que fueron necesarias hasta quedar ajustado a la boca de la paciente.

Esta última era una detective privada a la que el COEM había encargado una investigación sobre la titularidad del establecimiento y los posibles odontólogos que prestaban servicio en el mismo.

Tras el posterior recurso de apelación en el que los protésicos alegaron la ilicitud de la prueba realizada por la detective del COEM, la Audiencia Provincial de Toledo confirmó íntegramente la condena por delito de intrusismo y la pena de seis meses de multa.

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