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«El mercado dental es muy belicoso con el intrusismo y los problemas con el protésico son seculares»

Las relaciones profesionales entre dentistas y protésicos ocuparon la jornada de responsabilidad sanitaria en la que intervinieron representantes del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, además del presidente del Consejo de Dentistas, organizador del acto.

El dentista es el profesional más sui generis que existe», se arrancó en su intervención Luis Martínez-Calcerrada, magistrado de la sala de lo civil del Tribunal Supremo en la I Jornada de Información Odontológica que organiza el Consejo de Dentistas. Y a continuación puntualizó su afirmación: «Tiene una doble etiqueta la de médico pero también la artesanal». A continuación habló de la diferencia que existe en la prestación del dentista, que puede ser de medios o de resultados. El primer caso se da cuando hay que tratar una enfermedad y entonces la relación se establece con un paciente, pero en el caso de los resultados es una prestación meramente estética y el paciente pasa a ser cliente. Es entonces cuando surge el problema «si el resultado, lo obtenido, no se ajusta a lo previsto». «El dentista –dijo– no tiene paciente sino cliente cuando se trata de mejorar la sonrisa, que es un tema estético».

Fue entonces cuando se refirió al sector dental como «un mercado muy belicoso en el tema del intrusismo, en el que los problemas con los protésicos son de carácter secular». Y destacó que «el protésico, por muy capacitado que esté no puede ni medir los huecos dentados ni colocar las prótesis, ni puede estar en contacto con el paciente, ni en una consulta, sólo en su taller». Y argumentó que la responsabilidad si hay un problema dentario es del dentista y no del protésico «que alegará que hizo lo que le pidió el dentista».

Relevancia jurídica del título

A continuación, Claro José Fernández-Carnicero, consejero del Poder Judicial, no sin antes reconocer que se encontraba en plena revisión anual con su dentista, habló de la relevancia jurídica del título para desempeñar determinados trabajos. «Y esto –dijo– vale tanto para el dentista como para el protésico. Los empleados contratados como protésicos han de responder al módulo formativo que le permite ejercer en el diseño, preparación, fabricación y reparación de las prótesis dentales». Para el vocal del CGPJ «el Estado es el único garante de una titulación y no las Comunidades Autónomas» y destacó el reconocimiento que otorga el artículo 36 de la Constitución a los Colegios Profesionales como garantes del derecho a la salud y a una asistencia sanitaria de calidad.

Respecto a la relación entre dentistas y protésicos dijo sorprenderse «por la reducción del conflicto al criterio económico y no al sanitario, actitud que me recuerda la tradición ambulante como la que se da en la Plaza Jamaa el Fna de Marrakech, donde las prótesis se exhiben en un tenderete». «Los protésicos –añadió– han de limitar sus actuaciones a lo que dice el odontólogo, cuya decisión ha de integrar todo el proceso. La relación del protésico es con el odontólogo y no con el paciente».

Enfoque profesional

Alfonso Villa Vigil, presidente del Consejo de Dentistas, intervino en último lugar para aportar el enfoque profesional de la relación entre protésicos y odontólogos, «un conflicto histórico desde 1998». En su exposición argumentó que los protésicos son profesionales sanitarios, y no profesionales clínicos o asistenciales, por lo que no están facultados para atender clínicamente a los pacientes.

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