Desde el pasado 31 de octubre de 2012, todos los productos de blanqueamiento dental pasan a estar regulados bajo la denominación de «productos cosméticos», permitiéndose solamente concentraciones de entre el 0,1% y el 6% de peróxido de hidrógeno, suministradas exclusivamente a través de clínicas dentales.
Así, muchos de los productos disponibles hasta ahora en el mercado, no cumplirán con la nueva normativa, que se resume a continuación:
• Sólo los blanqueadores con menos de un 0,1% de peróxido de hidrógeno son de libre acceso al consumidor en el mercado.
• Los productos que contienen entre un 0,1% y un 6% de peróxido de hidrógeno serán usados sólo después de un examen clínico realizado por un dentista.
• Se prohíbe el uso de blanqueadores dentales a los menores de 18 años.
• Los productos cosméticos de blanqueamiento dental con concentraciones superiores al 6% de peróxido de hidrógeno quedan prohibidos.