La Audiencia Provincial de Pontevedra ha dictado Sentencia de 23 de octubre de 2025 por la que confirma la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Vigo el 20 de junio de 2025 por un delito de intrusismo profesional en el ámbito de la higiene dental.
Mediante la referida Sentencia, el Tribunal ha confirmado la existencia de un delito de intrusismo profesional por el que había sido condenada la acusada, dado que, “si bien la acusada posee título de licenciatura de Cirujano Dentista expedido en México, el mismo no ha sido homologado en España”.
La Resolución destaca, acogiendo los argumentados esgrimidos por la representación procesal del Colegio de Higienistas Dentales de Galicia, que la pendencia de homologación no confiere habilitación para desarrollar las funciones reservadas a la profesión de higienista dental y el hecho de poseer una titulación extranjera sin homologar es equivalente a carecer de título alguno, por lo que se confirma la pena de 6 meses de prisión y el pago de las costas procesales.


