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La asistencia sanitaria en menores, foco del Taller de la FDE en el Congreso Nacional de Derecho Sanitario

El Congreso Nacional de Derecho Sanitario acogió el viernes un Taller de Trabajo patrocinado por la Fundación Dental Española (FDE) y que fue moderado por el Dr. Óscar Castro Reino, presidente del Consejo General de Dentistas. En el taller se analizó el tratamiento de “El menor en la asistencia sanitaria. El menor maduro y conflictos de la patria potestad”, un asunto que sigue generando muchas dudas y situaciones controvertidas en la práctica profesional diaria.

Los ponentes que participaron fueron Dª. Marta Valcarce López, Fiscal Decana y Delegada de Menores de la Fiscalía de Sevilla; D. José Antonio Seijas Quintana, ex Magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo; y D. Mariano Casado Blanco, Médico especialista en Medicina Legal y Forense.

El Dr. Castro comenzó su intervención recordando convenios y textos internacionales que, a lo largo del tiempo, han ido reconociendo y plasmando los derechos de los menores y que se citan a continuación.

El Convenio sobre los Derechos del Niño de la ONU

Fue en 1989 cuando la ONU adoptó un nuevo texto que supuso un cambio trascendental y un avance en el reconocimiento de los derechos de los menores al referirse al niño como sujeto de derechos en lugar de hacerlo como objeto de derechos, consolidando este texto la realidad de una sociedad mucho más concienciada con los problemas de la infancia.

La “Ley de Autonomía del Paciente” en España

En el ordenamiento jurídico español, la “Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica”, más conocida como “ley de Autonomía del Paciente”, reconoce la mayoría de edad sanitaria en los 16 años, todo ello con las consecuentes dificultades que conlleva introducir en nuestro ordenamiento jurídico una mayoría de edad distinta a la de los 18 años.

Además, la ley incluye el concepto de “menor maduro”, es decir, el menor de 16 años que, teniendo madurez suficiente, se le presupone capacidad para poder tomar decisiones por sí mismo concernientes al ámbito sanitario.

¿Qué ha supuesto el reconocimiento de estos derechos?

Lo cierto es que, según explica el Dr. Castro, el reconocimiento de estos derechos a los menores de edad, – que han de ser tenidos en cuenta en la prestación sanitaria -, ha generado no pocos problemas a profesionales sanitarios y juristas en la aplicación y materialización de los mismos.

“Actualmente estamos viviendo momentos en que la asistencia sanitaria en general se enfrenta a conflictos jurídicos, no estando exenta de esta problemática la Odontología, encontrándonos en un contexto de colisiones de derechos entre los operadores de la asistencia sanitaria, de aumento de reclamaciones y de generación de conflictos legales en el devenir ordinario de los profesionales sanitarios”, expresó el presidente del Consejo de Dentistas de España.

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