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Suspendida la actividad asistencial no urgente de los centros sanitarios privados en Cataluña

La disposición de la Generalitat de Catalunya resuelve suspender toda actividad asistencial de carácter no urgente de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada de régimen ambulatorio y que prestan servicios exclusivamente de provisión privada. Estos centros, servicios y establecimientos deben garantizar exclusivamente la atención a los problemas de salud que puedan tener una evolución desfavorable si se demora su tratamiento según el criterio de los profesionales sanitarios que prestan asistencia. Desde el COEC se celebra la medida, tal y como llevaban pidiendo desde hace días.

El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya con fecha de 23 de marzo ha publicado la resolución sobre la gestión de los centros sanitarios de titularidad privada durante la crisis del COVID-19. En ella, establece que se suspenderá toda la actividad de carácter asistencial no urgente en este tipo de centros de régimen ambulatorio.

Al respecto, el presidente del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Cataluña (COEC), Toni Gómez, ha celebrado la medida. En su cuenta de Twitter ha manifestado su agradecimiento a la consejera de Salut de esta comunidad autónoma, Alba Vergés. También ha dado las gracias al director general de Profesionales de la Salud, Marc Ramentol. “Siento la insistencia y la necesidad, pero es mi obligación”, precisa.

En la resolución oficial se indica que “estos centros, servicios y establecimientos han de garantizar exclusivamente la atención a los problemas de salud que pudieran tener una evolución desfavorable si se retrasan sus tratamientos”.

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