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Las clínicas dentales no están obligadas a informar sobre sus stocks de EPI´s

Las organizaciones colegiales aclaran que la orden emitida por el Gobierno para facilitar productos y material sanitaria no incluye a las clínicas dentales.

Ante las múltiples dudas planteadas por colegiados, tanto el Consejo General de Dentistas como el COEM aclaran que la Orden SND/233/2020, de 15 de marzo, por la que se establecen determinadas obligaciones de información de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, no incluye a las clínicas dentales.
La obligación de información es únicamente para empresas fabricantes, importadoras y de desarrollo (artículo 2 de la Orden SND/233/2020), por lo que ni clínicas dentales, ni odontólogos deben realizar actuación alguna sobre el particular.
Esta orden obliga a presentar información sobre una serie de productos como determinadas mascarillas, kits de diagnóstico rápido (detección de antígeno), gafas y guantes de protección, alcoholes sanitarios, etc.

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