InicioNewsletter¿Se puede modificar una historia clínica «a posteriori»?

¿Se puede modificar una historia clínica «a posteriori»?

Es la pregunta que se hacen los Dres. Bernardo Perea y Elena Labajo en un artículo publicado en la sección «Por Ley», recién estrenada en Gaceta Dental. En esta información analizan un caso odontológico-legal que pone sobre la mesa los riesgos clínicos que conlleva todo tratamiento y que podrían derivar en riesgos penales.

Los doctores Bernardo Perea, director del Observatorio Español para la Seguridad del Paciente Odontológico (OESPO) y director de la Escuela de Medicina Legal y Forense de Madrid; y Elena Labajo, miembro fundador y secretaria del OESPO, exponen el caso de un dentista que comete el error de modificar la historia clínica de una paciente después de recibir una denuncia.

La mujer, que sufrió una infección tras someterse a una extracción quirúrgica, hacía responsable al dentista de no haberle recetado antibiótico. El doctor decidió entonces, preocupado, añadir «a posteriori» en la historia clínica la prescripción de este medicamento.

Con este ejemplo, se plasma cómo un «pequeño problema» en el ámbito civil puede llegar a convertirse en una complicación mayor para el odontólogo de carácter penal. «Una vez solicitada por los tribunales, nunca se debe modificar, de ningún modo, la historia clínica», señala el Dr. Bernardo Perea en su artículo.

Consulta aquí el artículo completo de la sección ‘Por Ley’ de Gaceta Dental

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