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No es obligatoria la colegiación de todo el personal de los laboratorios de Prótesis Dental de Madrid

Según un informe del servicio de defensa de la competencia madrileño

La Asociación Empresarial de Protésicos Dentales de la Comunidad de Madrid informa también de que ha sido desestimada la demanda de impugnación del convenio colectivo que había interpuesto el Colegio Profesional de Protésicos Dentales regional.

El departamento jurídico de la Asociación Empresarial de Prótesis Dental de Madrid, según informan desde este organismo, realizó consultas al servicio de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid, ya que la Consejería de Sanidad regional, a la hora de tramitar las concesiones y renovaciones de las licencias sanitarias de los laboratorios, había modificado su criterio y exigía la colegiación obligatoria de todos los empleados.

El Servicio de la Competencia emitió un informe –cuyo contenido se puede descargar íntegro desde http://www.solucionagestion.es/wp-content/uploads/2015/09/doc01435420150923115023.pdf– donde concluía claramente que no podía exigirse la colegiación obligatoria de todo el personal.

Una vez conocido el contenido del documento, miembros de la junta directiva de la Asociación, encabezados por su presidenta, Maribel Aragoneses, se reunieron con Luis Fernández Hermida, director general de Inspección y Ordenación, y su equipo, quien confirmó que ya había dado instrucciones a los inspectores para aplicar los criterios del informe.

La Asociación Empresarial de Prótesis Dental de Madrid quiere agradecer desde estas líneas su rápida y cordial atención.

Demanda desestimada

Por otra parte, desde la Asociación Empresarial de Prótesis Dental de Madrid comunican que han recibido la notificación de la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 12 de noviembre de 2015, por la que se desestima en su integridad la demanda planteada por el Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Madrid, que pretendía impugnar el convenio colectivo que regula las relaciones entre trabajadores y empresas del sector en la Comunidad de Madrid.

En dicha resolución, tras un profundo análisis jurídico, el tribunal desestima absolutamente todas las pretensiones del Colegio, al considerar plenamente ajustado a la normativa que regula la profesión la totalidad del convenio, y en especial los grupos profesionales contenidos en el mismo.
Con esta sentencia –cuyo texto completo puede descargarse en: http://bit.ly/21hLjrI– queda definitivamente zanjada esta cuestión, así como la de la obligatoriedad o no de que todos los trabajadores deban colegiarse. El Tribunal –como ya lo había hecho la Administración– hace suyas las tesis contenidas en el ya citado informe de los Servicios de Defensa de la Competencia, y la sentencia lo recoge expresamente como uno de sus fundamentos de hecho.

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