Por incumplimiento de la normativa vigente
El Consejo General de Dentistas ha solicitado a la autoridad competente la retirada del mercado y la suspensión de la publicidad de White Light Smile, por contener un 35% de Peróxido de Carbamida, que lo convierte en un producto que únicamente puede ser utilizado y aplicado por odontólogos y estomatólogos en una clínica dental.
El Consejo General de Dentistas de España ha denunciado la venta ilegal del blanqueante dental White Light Smile, solicitando que se tomen las medidas cautelares oportunas para suspender su publicidad y venta, así como proceder a retirar el producto del mercado, que actualmente se dispensa de forma fraudulenta desde varias páginas webs, como Amazon, eBay o Groupon.
Según la legislación vigente, los productos blanqueantes con una concentración de agente blanqueador (directas o liberadas en reacción) superiores a 0,3% de Peróxido de Carbamida o 0,1% de Peróxido de Hidrógeno, solo pueden ser distribuidos de forma exclusiva a dentistas. Asimismo, y debido a la elevada concentración de agente blanqueante que contiene White Light Smile (35% de Peróxido de Carbamida), únicamente puede ser utilizado y aplicado por odontólogos y estomatólogos en una clínica dental. Sin embargo, este producto se está vendiendo directamente a pacientes a través de su página web y en numerosos portales de Internet o a través de televisión (teletienda), lo que, además de ser ilegal, pone en peligro la salud de la población. Igualmente, la organización colegial ha alertado de que no se facilita al paciente una información adecuada, veraz y objetiva, por lo que se está induciendo también al engaño y dejando a los ciudadanos en una situación de desprotección.
El Consejo General recuerda que los pacientes que quieran someterse a un tratamiento de blanqueamiento dental deberán acudir siempre a una clínica odontológica para que el dentista efectúe el necesario reconocimiento previo y el diagnóstico adecuado, ofreciendo así el mejor tratamiento posible de una forma segura.
Regulación de productos cosméticos
Por otro lado, el Consejo General advierte de que la Unión Europea –de acuerdo a lo contemplado en la normativa de productos cosméticos (Cosmetic Regulation 1223/2009)– ha prohibido, sin excepción, el uso de productos de la familia del borato, tales como el perborato de sodio y el ácido perbórico, utilizados con frecuencia en salones de belleza con el fin de blanquear los dientes. Dichas sustancias están clasificadas como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para reproducción según la Regulación EC 790/2009.