Medicina estética en la clínica dental
Los pacientes acuden a su dentista para satisfacer sus necesidades no solo funcionales sino también estéticas. El interior de la boca es importante, pero también el marco que la rodea. Con la vista puesta en esta estética integral, en el último desayuno de trabajo organizado por GACETA DENTAL se abordaron aspectos legales, formativos, de capacitación del profesional o de calidad de los productos aplicados en los tratamientos, especialmente de relleno con ácido hialurónico, que cada vez se ofrecen más habitualmente en las clínicas dentales.
Para dar una respuesta a la creciente demanda estética de la sociedad, las clínicas dentales están incorporando tratamientos faciales, pero ¿hasta qué punto el odontólogo puede realizar estos procedimientos?
GACETA DENTAL ha reunido a profesionales de la Odontología y la Medicina Estética y representantes de la industria vinculadas a la mismas para tratar los aspectos legales y las competencias que determinarán el tipo de tratamientos de belleza que se puede realizar en la consulta de un dentista.
Los participantes en este desayuno de trabajo fueron los doctores Bernardo Perea Pérez, estomatólogo y médico especialista en Medicina Legal y Forense; Mª Angustias Palomar Gallego, directora del Máster de Medicina Estética de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC); Antonio Bowen Antolín, especialista en Cirugía Oral y en Implantología y en Nuevas Tecnologías en Cirugía Bucal; Ana Roces Menéndez, médico de Estética y Antienvejecimiento; Ignacio Corral Pazos de Provens, especialista en Periodoncia, Implantología y rellenos faciales; y Ana Mª Sanz Cerezo, ortodoncista especializada en Medicina Estética y Cosmética; así como Diego Vargas, gerente de área zona centro de Inibsa Dental, e Isabel Torrevejano, directora general de Schmidt Pharma, como representantes de la industria.
Antes de comenzar a disertar, el Dr. Antonio Bowen, miembro del Comité Científico de GACETA DENTAL, centra el tema de debate, advirtiendo que «aunque la estética facial abarca un concepto amplísimo, en el cual intervienen desde el cirujano plástico al dentista, pasando por el especialista maxilofacial o el ortodoncista, entre muchos otros profesionales, abordaremos el campo de los tratamientos dermatológicos efectuados en la clínica dental».
A Diego Vargas, gerente de área de Inibsa Dental, le ha sorprendido el gran interés que los dentistas han manifestado por las posibilidades que les ofrece este nuevo tratamiento: «Para nosotros fue una auténtica sorpresa la demanda que vimos en la última Expodental, celebrada el pasado mes de marzo, donde presentamos nuestro producto de ácido hialurónico. Solo allí fueron más de quinientas personas interesándose por nuestros cursos de formación, lo que demuestra que hay una gran demanda. Hemos detectado un cambio en la Odontología y las clínicas ya no son las típicas consultas al uso, son establecimientos de diseño donde se cuidan todos los detalles, y se da respuesta a todas las necesidades del paciente».
Para Isabel Torrevejano esta demanda es lógica, pues «si hemos logrado crear una bonita obra de arte, ¿por qué no vamos a ponerle un bonito marco? Al fin y al cabo, la estética influye a todos los niveles y las personas no solo necesitan masticar correctamente, también quieren sentirse bien cuando se ven reflejadas en el espejo».
Según el Dr. Bowen, «las personas que acuden a las consultas odontológicas ya no solicitan solo una rehabilitación a nivel funcional, sino que, además, piden estética. El componente de belleza que demanda un paciente hoy en día ha superado el 50% de sus expectativas, con lo cual, de alguna forma, hay que incorporar este nuevo concepto en la clínica».
Torrevejano lanza una pregunta a los odontólogos presentes en la sala: ¿Cuántas veces, después de terminar una reconstrucción y poner al paciente frente al espejo, se ha quejado del código de barras de sus labios? Pues, precisamente por eso, la industria está intentando dotar a este profesional de una serie de armas que le permitan responder a la demanda del mercado con una alternativa más».
«Al igual que en los años 70 se entró en la Endodoncia, en los 80 en los composites y en los 90 en los implantes, en el siglo XXI estamos entrando de lleno en el campo de la belleza. Es un crecimiento de la profesión normal e imparable porque el paciente ya no solicita únicamente funcionalidad sino estética», apunta el Dr. Antonio Bowen.
Aspectos legales
El moderador del debate y director de GACETA DENTAL, José Luis de Moral, pregunta a los asistentes por las competencias necesarias para ejercer este tipo de actividad en la clínica dental.
El Dr. Bernardo Perea, como especialista en legislación médica, es el primero en responder y afirma que «el marco legal de las actuaciones estéticas de los odontólogos está bastante claro mediante la Ley 10/86 y la normativa que desarrolla, que es la que otorga las atribuciones y establece que este profesional está capacitado para realizar el conjunto de actividades de prevención, diagnóstico y tratamiento relativas a las anomalías y enfermedades de los dientes, la boca, los maxilares y sus tejidos anejos».
«Por otro lado –prosigue Perea–, tenemos la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias, que dice que para ejercer una profesión privada estás obligado a contratar un seguro de Responsabilidad Civil Profesional que te cubra los actos que realices. El más extendido es el de la compañía AMA, que en su día incluyó que todos los tratamientos estéticos intrabucales forman parte del propio ejercicio de la profesión y no necesitan ningún tipo de adeuda al seguro general. Y en cuanto a los procedimientos extrabucales, que es lo que aquí nos atañe, se determinó que todos los tratamientos que se hiciesen con materiales reabsorbibles en el tercio inferior facial requerían la incorporación de un anexo para cubrir también este tipo de actividades. De este modo, la corporación profesional ha asumido que los tratamientos estéticos con elementos reabsorbibles forman parte de la praxis profesional odontológica, pero solo cuando se realizan en el tercio inferior facial».
La Dra. Mª Angustias Palomar, vicerrectora de alumnos de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, nos ofrece un punto de vista docente y afirma que «ahora todo se realiza mediante competencias, hasta tal punto que se está haciendo la homologación de los títulos antiguos con los de grado, y si bien la Odontología y la Medicina tienen una serie de directrices, ahora estas habilidades se están equiparando. Pero, según la Orden 2136/2008 del 3 de julio, que es la que establece los límites del ejercicio de la profesión, en el módulo en el que se habla de las competencias de patología y terapéutica odontológica se dice: realizar procedimientos estéticos convencionales desde una perspectiva multidisciplinar en el área peribucal. Es en base a esta afirmación por la cual podemos decir que un odontólogo puede actuar en el tercio inferior facial, pero, por supuesto, esto requiere formación y, aunque el dentista puede realizar una serie de actos profesionales amparado por su título, luego existen especialidades que requieren práctica y experiencia».
La Dra. Ana Mª Sanz, médico especializada en Ortodoncia y Medicina Estética, amplía aún más la información sobre los requisitos legales que permiten al odontólogo realizar tratamientos de belleza. «Por un lado, el odontólogo solo puede trabajar en el tercio inferior facial, y por otro, el médico estomatólogo, aunque sí tiene permitido realizar procedimientos estéticos en el tercio medio y superior de la cara, tampoco puede hacerlos en la clínica dental si no adquiere previamente una licencia en Medicina Estética».
Pero la doctora Palomar advierte que «un médico puede adquirir la licencia de forma muy sencilla y trabajar todo el rostro, pero un odontólogo no, porque no ha estudiado dermatología en su plan de estudios y no sabe lo que es la dermis, ni puede coger un láser y quitar un nevus. Hay que tener mucha pericia para realizar estos tratamientos y por esta razón yo no admito a odontólogos en el Máster de Medicina Estética de la URJC, sencillamente porque no tienen la capacitación necesaria».
«Y aunque un odontólogo se formase debidamente no podría realizar actividades estéticas fuera del tercio inferior facial», señala el Dr. Bernardo Perea. «La habilitación profesional no te la da la formación que hayas recibido, sino la titulación. Otra cosa es que si te metes en algún problema legal puedas acreditar, de alguna forma, que estás adecuadamente formado para hacer un determinado tratamiento, pero es el título de licenciado el que te permite hacer ciertas actuaciones».
En cuando a los títulos acreditados, Perea advierte que «no protegen ante la ley, y aunque es obvio que si se produce un conflicto legal esa acreditación servirá para defenderse ante el juez de turno, lo que realmente determina si puedes realizar un tratamiento es el título oficial que tengas, la colegiación y el Seguro de Responsabilidad Civil. Eso es lo que te otorga el marco legal necesario para trabajar».
Al margen de los aspectos legales, la Dra. Palomar defiende que «el médico pueda hacer el tratamiento estético en toda la cara y el odontólogo solo en el tercio inferior, y en ambos casos, con la formación necesaria que asegure una correcta praxis profesional».
Dos tratamientos conflictivos
Para el Dr. Ignacio Corral Pazos, estomatólogo especializado en rellenos faciales, la mayor incertidumbre surge con el tipo de tratamiento que se quiera realizar porque «es fácil entender los productos reabsorbibles, como el ácido hialurónico, pero con la toxina botulínica o el plasma rico en plaquetas surgen algunas dudas».
Con respecto a la utilización de plasma rico en plaquetas (PRP), según la Dra. Mª Angustias Palomar, «en mayo de 2014 salió una nueva normativa en la cual se dice que, además de tener la obligación de tratarse como medicamento (en medio cerrado y homologado por la Agencia del Medicamento), lo cual es totalmente lógico, debe procesarse como una transfusión sanguínea, por lo que hay pedir una serología completa (sífilis, hepatitis, VIH…). Y no basta con solicitarlo y que el paciente vaya al analista y traiga los resultados a los tres días, porque en ese transcurso de tiempo ha podido contraer una infección, por lo que hay que realizar el proceso en la clínica. Como nos parece una medida absurda, ya que este plasma es autólogo y al estar en un medio cerrado no se puede contaminar, la Sociedad Española de Medicina Estética está realizando ahora mismo alegaciones, pero aún no hemos recibido respuesta, así que ahora mismo es lo que está vigente».
En lo que se refiere al uso de la toxina botulínica, el Dr. Perea declara que «hay dos alternativas: que la utilices con fines terapéuticos dentro de tu ámbito profesional, en cuyo caso no hay ninguna limitación si eres médico odontólogo; y el uso con fines estéticos, que quedó delimitado en una nota de la Agencia Española del Medicamento en 2010, en la que quedó establecido que debe ser suministrada por médicos con la cualificación y experiencia en este tratamiento, con un equipo adecuado y en establecimientos que estén debidamente autorizados de acuerdo con la normativa vigente en las respectivas comunidades autónomas. Y además, señala que hay que rellenar una ficha para cada paciente cuyo modelo se incluye en la nota de la Agencia. En definitiva, un odontólogo que no es médico, no puede utilizar la toxina botulínica con fines estéticos, y siendo médico, solo podrá emplearla en las zonas permitidas (básicamente la zona periocular). Además, ¿cuáles son las indicaciones de la toxina botulínica en el tercio inferior facial?»
«Ninguna», afirma la Dra. Palomar. «La toxina botulínica no está indicada para el tercio inferior y si algún profesional la pone en esta zona, su Seguro de Responsabilidad Civil no le cubrirá, porque la Agencia del Medicamento no recomienda su utilización en esta zona».
Llegados a este punto de la conversación, a los doctores Ignacio Corral y Ana Mª Sanz, les sigue suscitando dudas la correcta utilización de la toxina y señalan su posible uso terapéutico en Implantología. A lo que Bernardo Perea responde que «existen muchos aspectos en los que ni se está en la legalidad ni en la ilegalidad, porque simplemente son cosas que aún no están reguladas. Si se pudiera demostrar que esta sustancia se está utilizando como parte de un tratamiento funcional, sí sería legal, pero, bajo mi punto de vista, creo que sería difícilmente justificable que la estética que estás intentando dotar a un trabajo forme parte de un procedimiento de rehabilitación. Eso ya sería un asunto del juez que te tocase. La mayoría de los profesionales utilizan estas herramientas con criterio, pero lo que debería preocuparles es hasta dónde llega su Seguro de Responsabilidad Civil, porque, si no cubre esta actividad, estarán asumiendo las posibles complicaciones con todo su patrimonio, lo cual es muy peligroso».
Para el doctor Perea, en este momento estamos en la fase de los conflictos y esta etapa irá agravándose hasta que las cosas se regulen. «Según vaya habiendo mayor demanda de servicios estéticos –explica– lo que los odontólogos harán entrará en colisión con lo que hacen otros profesionales de diferentes especialidades. Eso es lo que siempre ha pasado en Medicina, porque todavía no está claro hasta dónde se puede llegar, qué es perioral, qué es tercio inferior facial o si puedo utilizar toxina botulínica. Hasta que las cosas se regulen, habrá muchos casos de conflicto de intereses, no de intrusismo, porque para que se produzca esto primero tiene que haber un marco legal claro».
Al respecto, el Dr. Antonio Bowen cree que se van a difuminar mucho los límites entre las competencias de odontólogos y médicos, pero, en cualquier caso, «el futuro de la clínica dental está ligado a la estética».
Desde luego, es muy palpable como cada día se nos acercan más pacientes que no vienen por que les ha surgido un problema dental, si no que vienen a mejorar y lograr una sonrisa con una mayor lucidez.