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El Tribunal Superior de Justicia anula las medidas de control impuestas a AMA por la Dirección General de Seguros

La sección octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado a conocer, el pasado 28 de abril, la sentencia por la que anula la medida de control especial impuesta desde el pasado 12 de junio por el director general de Seguros, Ricardo Lozano, contra A.M.A. Agrupación Mutual Aseguradora, la mutua de los profesionales sanitarios. La sentencia contempla la posibilidad de que A.M.A. reclame el resarcimiento por los perjuicios ocasionados por la actuación administrativa anulada, de acuerdo al correspondiente procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración.

Diego Murillo, presidente de la mutualidad cuando el director general de Seguros tomó las medidas ahora anuladas por el Tribunal, se ha mostrado “muy satisfecho” con la resolución, y recalcó que “siempre he creído en la Justicia”. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha comunicado hoy mismo a A.MA. el levantamiento de las medidas de control especial, así como el sobreseimiento del expediente administrativo en el que fueron adoptadas, lo que supone el final del sometimiento de esta mutualidad a la fiscalización previa de la Dirección General de Seguros.

Los términos de la sentencia son favorables a las tesis mantenidas por A.M.A. durante este tiempo. En síntesis, la sentencia subraya que en ningún momento se ha puesto en peligro la solvencia de la mutua, ni ha existido peligro o riesgo en orden al puntual cumplimiento de sus obligaciones. Expresa que tampoco se han puesto en peligro los intereses de los asegurados de AMA en los términos que mantenía la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Subraya asimismo que los hechos por los que la Dirección General de seguros adoptó las medidas de control especial resultan, unos “bastante irrelevantes y sin incidencia en el volumen de negocio de AMA (…), otros erróneamente interpretados por la Administración” (…) y el resto opinables y susceptibles de interpretación”. Estima que no revisten entidad suficiente ni implican riesgo actual para los intereses de los mutualistas, y que, por lo tanto, la adopción de la medida de control especial consistente en prohibir a la entidad el desarrollo de sus operaciones sin autorización previa debe ser anulada.

Esta sentencia resuelve la totalidad de las cuestiones que sirvieron de fundamento a la Dirección General de Seguros, para proponer y obtener la suspensión del presidente y los secretarios de A.M.A.. Por coherencia jurídico-administrativa y para evitar perjuicios mayores, la propia Administración deberá adoptar las medidas necesarias para reponer de inmediato en sus cargos, a Diego Murillo, a Manuel Campos y a Manuel Sánchez, responsables ejecutivos de la Mutua, que con su actividad consiguieron la magnífica situación económica de A.M.A. y ni una sola pérdida de puestos de trabajo en los últimos tres años.

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