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El uso de toxina botulínica y de microfillers por dentistas

Con relación al uso de la toxina botulínica y de microfillers labiales por parte de los odontólogos, para los que se están ofreciendo algunos cursos formativos privados teórico-prácticos, el Ilustre Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos de España quiere dejar constancia de lo siguiente:

El uso de la toxina botulínica está reservado legalmente para ciertas indicaciones médicas (como el estrabismo, mioclonias) y, con finalidad estética, para el tratamiento exclusivamente de arrugas en el entrecejo. La toxina botulínica no está autorizada para ningún uso clínico odontológico, ni para uso estético en otro territorio anatómico que el citado.

Por consiguiente, los odontólogos, cuyo ámbito de actuación se circunscribe al aparato estomatognático , no pueden utilizar legalmente dicha sustancia, en tanto no se autorice para otros usos odontológicos, como la disfunción cráneo-mandibular, que de momento son objeto exclusivamente de investigación.

Por eso, el empleo de toxina botulínica por no-médicos puede ser calificado penalmente como delito.

En el caso de los médicos, el uso debe estar previamente autorizado por la Administración sanitaria autonómica.

Los odontólogos, en cuanto profesionales con capacidad y atribuciones profesionales para el ejercicio de tratamientos en la boca y maxilares, además de los dientes, al igual que los odontólogos, pueden colocar microfillers en los labios y en las mejillas, sin perjuicio del inexcusable deber de haber adquirido cualificación o competencia para ello mediante la oportuna formación (igual que ocurre con cualquier otro tipo de práctica odontológica).

Sin embargo, los odontólogos se extralimitarían de sus funciones si insertaran tales rellenos en pómulos, párpados, etc., por ser territorio anatómico ajeno al ámbito profesional de los odontólogos
Es especialmente importante tener en cuenta que las pólizas de Responsabilidad civil profesional no incluyen o cubren ordinariamente los siniestros derivados de tratamientos con finalidad estética, a los que jurisprudencialmente se les están aplicando, con frecuencia, criterios diferentes a los de naturaleza curativa
Por ese motivo advertimos que antes de iniciar la práctica clínica de colocación de microfillers, se debe contactar con la compañía de seguros de responsabilidad civil, al objeto de contratar la correspondiente cobertura.

Finalmente, el uso de microfillers, dadas las mayores exigencias exigidas por algunas Comunidades autónomas a los centros e instalaciones donde se realizan tratamiento de naturaleza estética, pueden ser tributarios de un permiso especial previo por parte de las autoridades sanitarias autonómicas.

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