El acusado ejerció actividades propias de la Odontología, sin contar con la titulación necesaria, durante al menos una década en una clínica dental de la ciudad. Además, tendrá que indemnizar a sus víctimas con cantidades que superan los 40.000 euros por los daños físicos y económicos sufridos.
Un Juzgado de lo Penal de Plasencia ha dictado sentencia condenatoria, aún no firme, imponiendo la mayor pena conocida hasta el momento en la región por intrusismo profesional en Odontología, estafa y lesiones imprudentes. El acusado ejerció actividades propias de la Odontología sin contar con la titulación necesaria durante al menos una década en una clínica dental.
La condena impuesta suma un total de tres años y tres meses de prisión, además de una pena de inhabilitación especial para ejercer cualquier actividad relacionada con la Odontología y prótesis dentales durante cuatro años. Asimismo, el acusado ha sido condenado a indemnizar económicamente a las víctimas con cantidades que superan en total los 40.000 euros, derivadas de los daños físicos y económicos sufridos.
El presidente del Consejo General de Dentistas de España, el Dr. Óscar Castro Reino, ha querido felicitar a la presidenta del Colegio de Dentistas de Extremadura, la Dra. María Paz Moro, y a los servicios jurídicos de la organización, por su actuación en calidad de acusación popular. “El Colegio ha desempeñado un papel esencial en este caso, demostrando su compromiso con la protección de los pacientes y la defensa de la salud pública, así como con el respeto y cumplimiento de los estándares profesionales y éticos”, ha asegurado.
El Dr. Castro ha incidido en la importancia de que la ciudadanía acuda siempre a profesionales sanitarios debidamente cualificados y colegiados, como garantía de seguridad y protección frente a riesgos que pueden comprometer gravemente su salud y bienestar.
“Nuestra Organización Colegial seguirá luchando activamente contra el intrusismo profesional y velando por los derechos tanto de los pacientes como del colectivo profesional que representamos”, ha concluido.
Finalmente, cabe señalar que esta sentencia no es firme y podría ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Cáceres.