La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha resuelto el expediente sancionador contra el Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos de España y el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región (COEM) con un acuerdo que reúne una serie de compromisos adquiridos por parte de ambas entidades.
La CNMC ha aprobado la terminación convencional del expediente sancionador incoado al Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de la Iª Región (COEM) y el Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos de España por conductas prohibidas por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) en el mercado de la prestación de servicios odontológicos (S/DC/0573/16).
Tal y como indican en su comunicado, «la CNMC inició el expediente en junio de 2019, tras las denuncias presentadas por dos clínicas de marca comercial: Dentoestetic Centro de Salud y Estética Dental, SL. (Dentix) y Dental Global Management, s.l. (Idental). A raíz del auge de este tipo de centros alternativos a los tradicionales servicios de Odontología, el Consejo General y el COEM llevaron a cabo una serie de prácticas potencialmente contrarias a la Ley de Defensa de Competencia».
Concretamente, la CNMC investigaba una supuesta recomendación colectiva, acuerdos colegiales, campañas publicitarias y otras actuaciones, entre los años 2013 y 2017, que podían dificultar la prestación de servicios por parte de este tipo de clínicas y excluirlas del mercado.
Tras la instrucción del expediente, el caso se ha resuelto a través de una terminación convencional, figura recogida en el artículo 52 de la LDC. «Se trata de un modo atípico de terminar el procedimiento, de forma que se hacen vinculantes unos compromisos ofrecidos voluntariamente por el presunto infractor, sin necesidad de que se produzca una declaración sobre la acreditación de la infracción y, por consiguiente, se imponga una sanción».
Compromisos adquiridos
Con el acuerdo alcanzado, el Consejo General y el COEM se comprometen a «la eliminación por su parte de cualquier referencia o enlace a las campañas de cuentas o redes sociales que las clínicas comerciales habían denunciado ante la CNMC; la no realización de manifestaciones de carácter público ni promoción ni coordinación de campañas de publicidad de las que pueda deducirse una preferencia por un determinado modelo de negocio; el reporte de las actividades de comunicación a la CNMC; a la difusión del contenido de la resolución de la CNMC a todos los colegiados y la publicación de la misma en sus respectivas páginas web y redes sociales, y a la gestión de la bolsa de empleo por parte del COEM bajo el principio de neutralidad».
Además, la CNMC «vigilará que durante los dos próximos años el Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos de España y el Colegio de la Iª Región (COEM) cumplen dichos compromisos. El incumplimiento de estos tendrá la consideración de infracción muy grave».