El Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid, dictó el pasado día 16 de julio de 2020 una nueva sentencia de intrusismo en el ámbito de la higiene dental.
Una vez más, el proceso penal fue iniciado por el Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Madrid y al cual se adhirió el Ministerio Fiscal, finalizando con la condena de la acusada (M.A.C.), como autora de un delito de intrusismo profesional al ejercer, como higienista dental, sin la titulación oficial correspondiente.
En la citada sentencia se declaran como hechos probados que la acusada, quien prestaba servicios “…en la clínica dental del Dr. H.G.C. (…) atendió pacientes realizando limpieza bucal …”, y ello pese a que, “… carecía de la titulación oficial de higienista dental, necesaria y obligatoria para el desempeño de tales actividades profesionales …».
En base a esos hechos probados, considera el Juzgado que dicha actuación es constitutiva de un delito de intrusismo, por lo que se condena a la acusada a la pena de cuatro meses de multa, así como al pago de las costas procesales.