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Algunos problemas legales derivados de la prescripción de fármacos

El Dr. X tiene una relación muy cercana con sus pacientes. En cuanto a la prescripción de fármacos, maneja los habitualmente utilizados en Odontología: algunos antibióticos, antiinflamatorios no esteroideos, analgésicos, algún ansiolítico, etc.

Un día, una paciente antigua del centro acude para terminar una endodoncia que le estaba realizando el Dr. X. La acompaña su hijo, un niño de cuatro años que nunca había sido atendido en la clínica.

La paciente refiere al Dr. X que el niño se encuentra mal, y que tiene un poco de fiebre. La madre explica que está segura de que el niño está desarrollando una bronquitis, ya que aunque no ha acudido al pediatra, los síntomas que presenta son idénticos al de otros episodios de bronquitis que ha padecido.

La paciente le pide al Dr. X que prescriba un antibiótico al niño para evitar tener que pedir hora y acudir al pediatra de la Seguridad Social. El Dr. X, por contentar a la madre, decide prescribir una amoxicilina con ácido clavulánico. Previamente había preguntado por las posibles alergias, a lo que la madre había respondido que el niño no era alérgico a nada.
El Dr. X prescribe el antibiótico en las dosis que considera convenientes para un niño de cuatro años (a los que no trata habitualmente).

A la semana, la madre acude a la clínica recriminando al Dr. X por el antibiótico prescrito. Cuenta que el niño sufrió una reacción por la que tuvo que acudir a urgencias y por la que todavía continúa ingresado. También comenta que los médicos del hospital le han dicho que probablemente el niño ha sufrido una reacción alérgica al antibiótico, y que la dosis prescrita era demasiado alta.

La paciente advierte al Dr. X de que posiblemente interpondrá una denuncia contra él por la complicación sufrida por su hijo.

Comentario

Prescribir medicamentos es un acto que implica una importante responsabilidad. El prescriptor es, en principio, el primer responsable de las complicaciones surgidas a consecuencia del fármaco. Por ello debe conocer perfectamente las dosis, las posibles interacciones, y las complicaciones descritas para cada medicamento utilizado.

Por otro lado, los odontólogos constituyen una de las pocas profesiones sanitarias con capacidad para prescribir fármacos. Y tienen esa capacidad tras un periodo relativamente corto de formación. La normativa legal al respecto es bastante imprecisa. No señala claramente cuáles son los medicamentos que puede prescribir un dentista. La única limitación que incluye la ley es que los fármacos tengan por finalidad la «prevención, diagnóstico o tratamiento de las patologías bucodentales o de los tejidos anejos». Realmente, la mayoría de los dentistas, utilizan un número muy reducido de medicamentos, y tienen por tanto la obligación de conocerlos perfectamente.

¿Qué problemas puede tener el Dr. X, a pesar de su buena intención?

Muchos y graves. En primer lugar, ha prescrito un medicamento para un cuadro clínico no relacionado con su profesión, y para el que no tiene formación específica. Y, al parecer, se ha equivocado en la prescripción (utilizando dosis demasiado altas para un paciente posiblemente alérgico).

En segundo lugar, ha prescrito sin haber realizado una historia clínica adecuada. Y no puede demostrar que ha preguntado por los antecedentes del niño.

En tercer lugar, el seguro de responsabilidad civil profesional podría rehusar la cobertura de la denuncia, ya que no es debida a un acto odontológico (que es el «objeto del seguro»). Y esto significaría que el Dr. X tendría que hacer frente con su patrimonio el coste de abogados, procuradores, peritos, además de la posible indemnización.

Y en cuarto lugar, y por haber querido contentar a la paciente, ha provocado la ruptura absoluta de la confianza con ella, y con su familia.

Con este ejemplo, modificado de un caso real, quisiéramos alertar sobre la trascendencia jurídica y potencial peligrosidad legal de la prescripción de medicamentos.

Autores

Profesor Titular de la Universidad Complutense de Madrid. Director de la Escuela de Medicina Legal y Forense.

Colaboradores

  • Dra. Elena Labajo - Miembro fundador y secretaria del OESPO. Profesora contratada doctora del departamento de Toxicología y Legislación sanitaria (UCM).

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