Las sentencias anulan las resoluciones sancionadoras por supuestas infracciones de la Ley de Defensa de la Competencia y condenan al Colegio de Protésicos de Andalucía y al Consejo de la Competencia andaluz a pagar las costas. El Consejo General de Dentistas ha mostrado su satisfacción ante esta decisión.
La Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado los recursos contenciosos-administrativos interpuestos por el Colegio de Dentistas de Jaén y el de Córdoba contra la sanción impuesta por el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía por una supuesta infracción de la Ley de Defensa de la Competencia.
La resolución del Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía imponía al Colegio de Dentistas de Jaén una multa de 3.440,42€ y al Colegio de Córdoba una sanción de 10.961,71€, así como la obligación de remitir a todos los colegiados el contenido íntegro de dicha resolución, como autor responsable de una infracción de Defensa de la Competencia, consistente en «la toma de decisiones y emisión de recomendaciones colectivas para imponer la elección del protésico dental por los dentistas, de forma restrictiva de la competencia». En ambos casos, el TSJA anula la resolución sancionadora «por considerarla disconforme con el ordenamiento jurídico» y condena en costas al Consejo de la Competencia de Andalucía y al Colegio de Protésicos Dentales de Andalucía, con un límite de 1.000€.
Recientemente, el TSJA ha anulado tres sentencias que sancionaban con 54.068 € al Colegio de Dentistas de Sevilla, con 9.352€ al de Almería y con 3.440,42€ al de Jaén, todas por considerar que se hicieron recomendaciones colectivas que limitaban a los pacientes la elección de protésico dental.
El Consejo General de Dentistas ha valorado de forma muy positiva dichas resoluciones judiciales.