Ante una nueva sentencia contra un protésico en Segovia
El juez considera probado que el condenado realizaba extracciones de piezas dentales, tallados y ortodoncias bajo anestesia, actos propios de la profesión de dentista.
El Juzgado de Lo Penal número 1 de Segovia ha condenado a un protésico dental de la provincia por un delito de intrusismo profesional, tipificado en el artículo 403 del Código Penal, a la pena de seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros, y le impone las costas procesales, fijadas en 850 euros.
El magistrado considera probado que el condenado, en fechas no concretas pero entre los años 2006 y 2010, realizó el tallado y extracciones de piezas dentales y ortodoncias bajo anestesia, actos propios de la profesión de dentista, sin disponer de la titulación académica requerida.
La sentencia describe dos casos concretos de sendos pacientes que fueron atendidos por el condenado y que tuvieron que ser posteriormente tratados por facultativos, aunque especifica que no resulta acreditado que estas personas «sufrieran lesión alguna por estos hechos». Ante esta sentencia no cabe recurso alguno al haber sido declarada su firmeza durante el juicio oral.
Ante estos graves hechos, el Consejo General de Dentistas de España insiste en la necesidad de endurecer las penas contempladas en el Código Penal para delitos de intrusismo, para hacerlas verdaderamente disuasorias y así evitar que los ciudadanos caigan en manos de «falsos dentistas», que no cuentan con la titulación requerida para ejercer la Odontología, y que pueden ocasionarles graves problemas de salud.
Al mismo tiempo, la organización colegial recuerda a todos los ciudadanos la obligatoriedad de la colegiación para la práctica odontológica en España, por lo que ante cualquier duda, pueden comprobar si el profesional que le atiende es un dentista colegiado consultándolo con el Colegio Oficial de Dentistas de su demarcación.