A partir del 1 de enero de 2015 el IVA aplicado a la mayoría de los productos sanitarios experimentará una subida drástica, pasando del tipo reducido actual del 10% al 21% general. Se cumple así una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de mediados de enero de 2013 que abrió la causa por el incumplimiento de la Directiva 2006/12 por parte de España.
El incremento del tipo impositivo afectará a las materias primas utilizadas en la fabricación de medicamentos, equipos y material médico como, por ejemplo, el utilizado en pruebas de diagnóstico, como radiografías, jeringuillas, guantes, fresas, implantes, pilares, coronas, férulas, turbinas, adhesivos, sillones dentales, esterilizadores, irrigadores y casi todo lo relacionado con el sector dental.
Se mantendrán en el tipo superreducido los medicamentos (aunque subirán su precio al incrementarse el IVA de las materias primas con que se fabrican) y en el reducido del 10% se intenta que figuren las gafas graduadas, lentillas, prótesis, sillas de ruedas y muletas, dentro del grupo considerado como productos diseñados para personas que tengan discapacidades físicas, mentales, sensoriales o intelectuales; en ese mismo tipo impositivo reducido figurarían gasas, vendas y los productos de los botiquines de primeros auxilios.
400 millones de recaudación
El Ministerio de Hacienda prevé que el ingreso adicional estimado por la subida del IVA en estos productos sanitarios se situará entre los 300 y los 400 millones de euros.
Esta modificación impositiva –que ha de contar con el visto bueno de Bruselas– está previsto que entre en vigor el 1 de enero de 2015 como fecha más probable, una vez que el proyecto haya adquirido rango de ley, lo que ocurrirá cuando el texto pase por ambas cámaras para su tramitación y aprobación, que ha de cumpletarse en diciembre de este año.