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Sentencia que exime a un estomatólogo del pago de las cuotas del Colegio de Odontólogos

El 20 de octubre de 2009, el Juzgado de instancia número 11 de la ciudad de Sevilla falló a favor del doctor Mariano Sánchez Biarge, a quien el Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla exigía el pago de 3.168,28 euros en concepto de cuotas colegiales desde enero de 2003 hasta marzo de 2008, fecha en que se dio de baja en el mencionado colegio.

El demandado, médico estomatólogo y dado de alta en el Colegio de Médicos, alegó que había solicitado la baja en el Colegio de Odontólogos de Sevilla, ahora Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla, en reiteradas ocasiones, desde el año 1991, entendiendo que, en virtud del principio de colegiación única, no tiene obligación de estar en ambos colegios a la vez, y que le fue denegada.

El juzgado estima que “si cuando el demandado instó la baja voluntaria no era obligatorio permanecer de alta en el Colegio actor, cuando el colegiado, a su vez, estaba de alta en el Colegio de Médicos (principio de colegiación única), no existía causa legal que impidiera haber aceptado dicha baja”. Por lo tanto, “desestimando la demanda formulada por el Colegio Oficial de Dentistas de Sevilla contra don Mariano Sánchez Biarge, debo absolver y absuelvo a éste de las pretensiones exigidas en su contra y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandante”.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 5 días.

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