El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha absuelto al Servicio Gallego de Salud (SERGAS) y a su aseguradora de la demanda presentada por un paciente que aseguraba no haber firmado consentimiento informado ni haber recibido información acerca de los riesgos de la operación quirúrgica a que debía someterse, según recoge la publicación “Diario Médico”.
En su sentencia, el tribunal admite que no hubo firma del documento, pero considera que sí se informó al paciente de viva voz, con lo que éste estaba al corriente de los riesgos y consintió someterse a la operación.
El tribunal califica tal omisión como una irregularidad, pero la documentación aportada —como la hoja de autorización para la anestesia, los antecedentes clínicos del enfermo (intervenido de la misma patología diez años antes) y el escrito de inclusión del paciente en la programación de cirugía— le permiten deducir que no se omitió información al demandante.
El fallo da por válido el consentimiento tácito del paciente a la intervención y a los posibles riesgos.