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“Hoy no tiene sentido mantener la adscripción obligatoria de los médicos a los Colegios de Odontólogos”

El fallo del Tribunal Supremo a favor del Consejo Oficial de Colegios de Médicos responde a lo que este organismo esperaba cuando impugnó los estatutos generales de los Colegios de Odontólogos y Estomatólogos por razones, según define su presidente, Guillermo Sierra Arredondo, “de legalidad y de oportunidad”. En esta entrevista nos explica sus motivos.

Pregunta. ¿Cuáles han sido los motivos que llevaron al Consejo General de Colegios de Médicos a interponer el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 2828/1998 —por el que se aprobaban los Estatutos Generales del Consejo de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos— que ha culminado recientemente con la sentencia del Tribunal Supremo a su favor?
Respuesta. Los motivos que llevaron al Consejo General de Colegios Médicos a impugnar los Estatutos Generales de Odontólogos y Estomatólogos fueron de legalidad y de oportunidad. Los primeros, porque la Ley de Colegios Profesionales impide que existan dos Colegios que reúnan a unos mismos profesionales; también impide que un profesional deba estar colegiado en dos Colegios distintos, por ejercer una misma profesión. La oportunidad del recurso se centra en que habiéndose creado ya la profesión de odontólogo, que es totalmente independiente a la de médico especialista en Estomatología, no tiene hoy sentido mantener la adscripción obligatoria de los citados médicos a los Colegios de Odontólogos; como tampoco tiene sentido que se hubieran creado tantos Colegios como especialidades médicas existen.

P. Esta sentencia, ¿responde a lo que esperaban conseguir? ¿Por qué?
R. La sentencia responde a lo que esperaba el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.

P. ¿En qué sentido perjudicaba a los colegios de médicos la existencia de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos?
R. La existencia de la obligatoriedad de colegiarse en los Colegios de Odontólogos, que ha sido declarada nula, presuponía realmente una doble colegiación, pues también es obligatoria la colegiación de los médicos especialistas en Estomatología en los Colegios de Médicos; luego, en todo caso, si alguien debía sentirse perjudicado era el médico, no los Colegios.

P. A partir de ahora, ¿qué cree que va a cambiar tanto para los médicos especialistas en estomatología como para los colegios profesionales?
R. La situación no ha de cambiar en el ámbito de los Colegios de Médicos, pues en sus Estatutos sigue plenamente en vigor el requisito de la colegiación obligatoria de todos los médicos, cualquiera que sea su especialidad; sí ha de cambiar la situación en el ámbito de los Colegios de Odontólogos, en el que ya no se exige la colegiación obligatoria, sino sólo la voluntaria, de los médicos especialistas en Estomatología. v

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