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El diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades realizado por profesionales médicos y sanitarios se mantiene exento de IVA

Con motivo de la información publicada recientemente en distintos medios de comunicación donde se habla de que los dentistas tributan al 21%, el Consejo General de Colegios de Dentistas de España ha aclarado que los pacientes no tributan IVA por los tratamientos odontológicos que reciben.

Según la resolución A-2012-10534 publicada en el BOE el 6 de agosto, se establece el tipo impositivo aplicable a la asistencia sanitaria, dental y curas termales, estableciéndose que, a partir del 1 de septiembre de 2012, tributarán al tipo general del 21 por 100 los servicios prestados por profesionales médicos y sanitarios que no consistan en el diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades, incluido análisis clínicos y exploraciones radiológicas, que se encuentren exentos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 37/1992.

Por lo tanto, siguen manteniendo la exención del Impuesto los servicios prestados por odontólogos y estomatólogos siempre y cuando se refieran actividades relacionadas con su profesión.

De esta forma, los únicos tratamientos odontológicos que han pasado a tributar con el 21% de IVA son los tratamientos con fines estéticos como es el caso de la infiltración de cualquier tipo de microfiller como el ácido hialurónico, que se realiza, por ejemplo, para rellenar los labios.

Igualmente, se aplica el tipo general del Impuesto (21%) a la elaboración de informes periciales de valoración del daño corporal, y a la expedición de certificados médicos dirigidos a valorar la salud de una persona con el objeto de hacer un seguro de vida para las compañías de seguros o para ser presentados en el curso de un procedimiento judicial.

En cuanto a los materiales empleados para elaborar las ortodoncias o prótesis dentales, a partir del 1 de septiembre, está gravado con el tipo de IVA reducido, que ha pasado del 8 al 10%, al igual que en el resto de productos sanitarios. No obstante, los tratamientos mediante ortodoncia, ortopedias maxilares y prótesis dentales realizados por el dentista siguen estando exentos de IVA al tratarse de servicios prestados dentro del ámbito de la Odontología con fines médicos.

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