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Cuatro casos de sanciones de la AEPD por accesos indebidos a historiales clínicos

¿Qué sucede si un paciente quiere continuar su tratamiento en otra clínica dental?, ¿cómo se debe proceder en caso de que solicite su historial clínico? ¿a qué tipo de sanciones te puedes enfrentar si accedes, de manera indebida, a los datos de un paciente?

Este tipo de situaciones, más habituales de lo que creemos, pueden derivar en graves errores y reclamaciones e incluso, en los supuestos más graves, en apertura de expedientes y sanciones económicas si no se resuelven por los cauces adecuados.

Para aclarar todas estas dudas, Gaceta Dental ha hablado con Iván Rubio, director de Cuadernos de Seguridad, quien nos aporta su experimentada visión sobre este tipo de casos.

“En ocasiones, situaciones cotidianas como la solicitud del historial clínico por parte de los pacientes para continuar un tratamiento en otro centro, supone un proceso que debe ser atendido y gestionado en base a la normativa de protección de datos. Pero se convierte en un quebradero de cabeza que puede causar graves errores de procedimiento e incurrir en reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), iniciando la apertura de expedientes y posibles sanciones económicas muy elevadas en caso de incumplimiento de la normativa”, subraya Iván Rubio quien insiste en la importancia de los datos clínicos: “Es necesario siempre recordar que, debido a su propia naturaleza, los datos personales correspondientes a los historiales clínicos de pacientes son considerados especialmente sensibles y por ello están sujetos a una mayor vigilancia en su tratamiento por parte de las entidades encargadas de velar por el cumplimiento de la normativa. Por este motivo, la AEPD pone a disposición de los DPO y cualquier interesado diferentes guías, informes y expedientes sobre salud”.

Pero, ¿y si la clínica dental ha cerrado? En este caso, declara Rubio, “la AEPD ha detectado que los pacientes solicitan el acceso a sus historias clínicas para poder continuar el tratamiento en otras clínicas y se encuentran, en muchas ocasiones, que no les contestan ni se facilita la documentación solicitada. También se han detectado problemas en las medidas de seguridad en lo referido a la conservación y garantías de disponibilidad en un plazo determinado. Algunas de estas clínicas han sido adquiridas por entidades privadas que han continuado los tratamientos dentales y han facilitado las historias clínicas a los solicitantes. Las historias clínicas de las clínicas que no han sido adquiridas, las están conservando y facilitando el ejercicio de los derechos de acceso los administradores concursales. Conviene recordar -finaliza Iván Rubio- que las historias clínicas son recogidas por los servicios de salud de las Comunidades Autónomas, que va facilitándolas a los solicitantes”.

Principales reclamaciones sobre los historiales clínicos de los pacientes

Al igual que se presta atención a otro tipo de trámites administrativos en la gestión diaria de un servicio médico, es importante ser consciente de la importancia de todo lo relativo a los historiales clínicos de los pacientes.

Por ello, a continuación recogemos las situaciones más habituales cuando se realizan solicitudes relativas a este tipo de datos.

Acceso a historias clínicas

Tal y como describe la AEPD en su web, la agencia ha recibido multitud de solicitudes relacionadas con el acceso, por ejemplo, a los datos de clínicas dentales que formaban parte de cadenas o franquicias que han cerrado de manera inesperada. En este caso, se han dado dos tipos de situaciones:

→ Alguna de esas clínicas fue adquirida por entidades privadas que continuaron con el tratamiento, por lo que pudieron facilitar las historias clínicas a los solicitantes.

→ En el caso de que las clínicas que no fueron adquiridas, los administradores concursales conservaron y facilitaron el ejercicio de los derechos de acceso. Es importante recordar que las historias clínicas son recogidas por los servicios de salud de las Comunidades Autónomas, que va facilitando las historias clínicas a los solicitantes.

Este expediente de tutela que menciona la AEPD es un buen ejemplo de ello.

Acceso a la historia clínica de un paciente fallecido

En este supuesto, y tal y como marca la Ley de Autonomía del Paciente, “los centros sanitarios y los facultativos de ejercicio individual sólo facilitarán el acceso a la historia clínica de los pacientes fallecidos a las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite. En cualquier caso el acceso de un tercero a la historia clínica motivado por un riesgo para su salud se limitará a los datos pertinentes. No se facilitará información que afecte a la intimidad del fallecido ni a las anotaciones subjetivas de los profesionales, ni que perjudique a terceros”.

La AEPD cita estos dos ejemplos sobre el derecho de acceso a la historia clínica de pacientes fallecidos (https://www.aepd.es/es/documento/td-00033-2021.pdf y https://www.aepd.es/es/documento/td-00250-2020.pdf)

Accesos indebidos a historias clínicas

Aunque no se trata de las reclamaciones numerosas, la AEPD reporta casos de accesos a historias clínicas por parte de profesionales que no tenían legitimación para ello. En su mayoría, se trata de accesos a historias clínicas por parte de compañeros de trabajo o familiares.

Como ejemplos, la Agencia Española de Protección de Datos cita estos tres casos:

→ Acceso a una historia clínica por parte de una enfermera que no tenía legitimación para ello (https://www.aepd.es/es/documento/ps-00250-2021.pdf)

→ Accesos por parte de la expareja de la persona demandante (https://www.aepd.es/es/documento/ps-00266-2015.pdf y https://www.aepd.es/es/areas-de-actuacion/salud/principales-reclamaciones-en-materia-de-salud)

Supresión de datos

Por último, la AEPD también ha recibido solicitudes relacionadas con la supresión de datos en las historias clínicas. Estas solicitudes van dirigidas a supresiones de datos referidos, en su mayoría, a la salud mental, o a determinadas enfermedades que generan reproche social.

Como ejemplo, la AEPD cita este expediente de tutela y resolución.

Como has podido comprobar, existen múltiples situaciones en las que un paciente puede solicitar el acceso a su historial clínico. Por ello, como gestor de una clínica dental o como Delegado de Protección de Datos debes conocer cuáles son los cauces adecuados para gestionar este tipo de solicitudes y no incurrir en errores que puedan derivar en apertura de expedientes o sanciones económicas. Recuerda que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.

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